REGULACIÓN DEL CONTROL METROLÓGICO DEL ESTADO DE DETERMINADOS INSTRUMENTOS DE MEDIDA

Gracias al Centro Español de Metrología la metrología legal ha vivido una época en la que se ha visto considerablemente impulsada.

Entender la Metrología como una Ciencia necesaria para al desarrollo de una sociedad Justa, Segura y Competitiva, requería necesariamente adaptar la legislación al Derecho comunitario y a los cambios y progresos técnicos. De ahí la importancia que tiene para nuestro sector la Ley 32/2014, de 22 de diciembre, cuyo objeto es el establecimiento y la aplicación del Sistema Legal de Unidades de Medida, así como la fijación de los principios y de las normas generales a las que debe ajustarse la organización y el régimen jurídico de la actividad metrológica en España.

 

Posteriormente mediante el Real Decreto 244/2016, de 3 de junio. se desarrollaron principalmente los capítulos II, III y V de la Ley 32/2014, de 22 de diciembre, de Metrología, que regulan, respectivamente, el Sistema Legal de Unidades de Medida, el control metrológico del Estado y la organización de la Metrología.

Con todo esto, el pasado 15 de septiembre finalizó la participación pública que había abierto el CEM para que los ciudadanos afectados o cualquier otro sujeto, persona o entidad pueda exponer sus opiniones o presentar los comentarios y documentos que estime oportuno todas aquellas aportaciones que se quisieran hacer a dicha orden.

Una vez cerrado el plazo, sólo queda esperar para conocer la resolución definitiva que el propio CEM publicará en el propio portal.

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